

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por el Partido Popular contra varios artículos de la ley catalana de vivienda y urbanismo, aprobada en diciembre de 2025 para regular los alquileres de temporada en zonas tensionadas. La decisión no prejuzga la constitucionalidad de la norma, pero abre un proceso de revisión cuya resolución condicionará la política de vivienda en Cataluña y, previsiblemente, en otras comunidades autónomas.
La ley, impulsada con el apoyo del PSC, Units, ERC, Comuns y la CUP, obliga a los propietarios que quieran alquilar bajo la modalidad de temporada a justificar que el uso es exclusivamente recreativo o turístico. El objetivo es frenar una práctica extendida: utilizar esta figura para esquivar los límites de precio aplicables a la vivienda habitual. Los contratos que no acrediten ese uso quedan clasificados como permanentes y quedan sujetos al control de precios en zonas de mercado tensionado.
El recurso del PP sostiene que la norma invade competencias exclusivas del Estado en materia de derecho civil y gestión de registros públicos, lo que contravendría el reparto constitucional de poderes. Los parlamentarios populares también alegan posibles vulneraciones de derechos fundamentales, entre ellos la protección de datos y la reserva de ley, y cuestionan que la ley restrinja la autonomía de los municipios para diseñar sus propias políticas de vivienda.
La tramitación parlamentaria dejó una división clara: Junts, el PPC, Vox y Alianza Catalana votaron en contra. La norma surge en un momento de fuerte presión sobre el mercado del alquiler en Barcelona y otras ciudades catalanas, donde los precios han subido de forma sostenida y el acceso a la vivienda resulta cada vez más difícil para familias jóvenes y con rentas medias. No es el único caso en Europa donde la gestión del alquiler social genera controversia jurídica: en Londres, el consejo de Southwark recuperó recientemente un piso de vivienda social que se usaba de forma irregular.
La sentencia del Constitucional será determinante para fijar hasta dónde pueden llegar las comunidades autónomas en la regulación del mercado inmobiliario. Si avala la ley, abrirá la puerta a normativas similares en otras regiones. Si la tumba, total o parcialmente, el Govern tendrá que modificarla. El fallo también influirá en el debate más amplio sobre el coste de la vida: en la Comunidad de Madrid, la creación de empleo y la mejora salarial se señalan como palancas complementarias para facilitar el acceso a la vivienda.
Ha admitido a trámite el recurso del PP contra varios artículos de la ley catalana de vivienda y urbanismo. Esto significa que analizará si esos preceptos vulneran la Constitución, pero no implica que la ley quede suspendida de inmediato ni que los artículos hayan sido anulados.
Alega que la norma invade competencias del Estado en materia de derecho civil y registros públicos, plantea dudas sobre la protección de datos y la reserva de ley, y cuestiona que limite la capacidad de los ayuntamientos para gestionar sus propias políticas de vivienda.
La ley, aprobada en diciembre de 2025, exige que los alquileres de temporada acrediten un uso exclusivamente recreativo o turístico. Sin esa acreditación, el contrato pasa a considerarse permanente y queda sujeto a los límites de precio establecidos en zonas de mercado tensionado.
El Govern tendría que modificar o retirar los artículos declarados inconstitucionales. La sentencia fijaría además un precedente que limitaría el margen de otras comunidades autónomas para legislar sobre alquiler de temporada o control de precios en sus territorios.
