

El Ministerio de Sanidad abrió el lunes 24 de julio el trámite de audiencia e información pública de un proyecto de real decreto que regulará por primera vez la electrodependencia en España y creará un registro estatal para las personas que dependen de la electricidad para mantener en marcha sus equipos médicos. El plazo para presentar alegaciones termina el 11 de septiembre, y el texto llega catorce meses después del apagón que dejó a gran parte de la península sin luz el 28 de abril de 2025, un episodio que Red Eléctrica todavía intenta esclarecer ante la Audiencia Nacional.
Para que una persona pueda ser reconocida oficialmente como electrodependiente, el proyecto exige que se cumplan cuatro condiciones a la vez: una patología grave, un dispositivo médico prescrito que funcione con electricidad, un informe del especialista que lo acredite y la certeza de que un corte de suministro pondría en peligro su vida o le dejaría secuelas graves. El certificado lo emite el médico responsable y queda incorporado a la historia clínica del paciente, con el aparato que usa, las horas diarias que lo necesita y el nivel de riesgo si se queda sin corriente.
La norma distingue tres niveles según el tiempo que la persona puede aguantar sin su equipo: extremo, alto y moderado. Un paciente con ventilación mecánica no es lo mismo que alguien que necesita un concentrador de oxígeno por las noches, y el decreto busca que los servicios de emergencia sepan de antemano a quién atender primero cuando se corta la luz.
El corazón del decreto es el Registro estatal de personas en situación de electrodependencia, integrado en el Sistema de Información Sanitaria del Sistema Nacional de Salud. La idea es que, si un electrodependiente se traslada de una comunidad autónoma a otra, el sistema sanitario de destino pueda verificar su condición sin repetir trámites. Sanidad da un plazo de doce meses desde la entrada en vigor del decreto para tener el registro operativo. El ministerio, que en las últimas semanas también ha llevado al Consejo de Ministros la reforma de la ley del tabaco y la nueva ley de medicamentos, enmarca esta medida en su agenda de protección de pacientes vulnerables.
El periodo de audiencia e información pública estará abierto hasta el 11 de septiembre. Cualquier ciudadano u organización puede enviar sus aportaciones al proyecto a través del correo electrónico habilitado por el ministerio. Superado ese trámite, el texto deberá pasar los informes preceptivos antes de llegar al Consejo de Ministros para su aprobación definitiva.
Es la situación de una persona que necesita un suministro eléctrico constante para que funcione un equipo médico del que depende su vida, ya sea de forma permanente o temporal.
Lo tramita el especialista que atiende al paciente, siempre que exista una patología grave, un dispositivo médico prescrito, un informe que lo acredite y riesgo real para la vida en caso de corte eléctrico.
Permite que los servicios sanitarios y de protección civil identifiquen a estas personas en cualquier comunidad autónoma y prioricen su atención durante apagones o cortes de suministro prolongados.
El plazo de audiencia pública está abierto hasta el 11 de septiembre de 2026, y las aportaciones se envían por correo electrónico al Ministerio de Sanidad.
El decreto da un plazo de doce meses desde su entrada en vigor para que el registro esté operativo dentro del Sistema Nacional de Salud.
Fuente: Ministerio de Sanidad (nota original)
