

En medio de un creciente interés por el control fiscal en los pagos digitales, la preocupación entre los ciudadanos españoles ha ido en aumento ante las posibles modificaciones en la regulación sobre plataformas como Bizum. La incertidumbre se centra en si estos movimientos monetarios, especialmente los realizados entre particulares o por autónomos, deberán ser reportados a Hacienda de manera más exhaustiva a partir de 2026.
El abogado especializado en temas fiscales y laborales, Ignacio de la Calzada, ha despejado algunas dudas que circulaban en redes sociales y medios, asegurando que la idea de tener que declarar todos los pagos realizados mediante Bizum en 2026 es infundada. A través de su canal en TikTok, De la Calzada explicó que la normativa vigente y las próximas reformas no implican una obligación general de declarar cada transacción entre particulares. “En 2026 no vais a tener que declarar todos los bizums que hagáis”, afirmó el experto, intentando tranquilizar a los usuarios sobre el rumor de una vigilancia total.
El profesional añadió que, desde 2025, Hacienda ha mantenido contacto con las entidades bancarias para recopilar información sobre pagos que se reciben en Bizum, especialmente en el caso de autónomos, pero aclaró que no ha habido cambios sustanciales en la normativa. La diferencia radica en que, para 2026, el control sobre las actividades económicas recibidas por estas plataformas será más estricto, principalmente dirigido a profesionales y empresas que ejercen actividad autónoma, con la finalidad de evitar fraudes y evasión fiscal.
En lo que respecta a los pagos por servicios profesionales, la obligación de declarar sigue vigente. Es decir, si un autónomo recibe un pago mediante Bizum por su trabajo, debe incluirlo en su declaración de impuestos. Sin embargo, los movimientos entre particulares, como una cena con amigos o una donación informal, continúan estando exentos de declaración, salvo en casos de donaciones de gran importe, que siguen siendo sujetas a tributación, tal como siempre ha sido. De la Calzada puntualizó que las donaciones mayores a ciertos montos, por ejemplo, veinte mil euros, deben declararse, pero esto no representa un cambio respecto a la legislación anterior.
Uno de los aspectos destacados por el experto es que, a partir de 2026, Hacienda tendrá una visión más global de los movimientos financieros gracias a los extractos mensuales que recibirán los usuarios, permitiendo cruzar datos y detectar posibles omisiones en las declaraciones. No obstante, aclaró que los pagos entre particulares por pequeñas cantidades, como una cena o un regalo, seguirán permaneciendo en la zona de exención, siempre que no se trate de donaciones significativas.
En cuanto a las transferencias con fines familiares, el abogado explicó que las ayudas habituales o los pequeños apoyos económicos en el marco familiar no necesitan ser declarados, considerando que tienen un carácter familiar y no comercial. Sin embargo, las donaciones importantes, en particular aquellas que impliquen sumas elevadas, sí generarán la obligación de tributación y declaración.
Finalmente, De la Calzada hizo hincapié en que la regulación no pretende aumentar la carga administrativa de los particulares y autónomos, sino modernizar los controles mediante el uso de herramientas tecnológicas y el intercambio de datos bancarios. La intención de Hacienda no es exigir una declaración exhaustiva de todos los movimientos, sino identificar posibles fraudes y omisiones que puedan afectar la recaudación fiscal.
En resumen, la narrativa que trajo el experto tranquiliza a la población: las pequeñas transacciones entre particulares seguirán sin requerir declaración, y las reglas para las actividades económicas permanecerán estables, aunque con un control más intenso y tecnología avanzada a partir de 2026. La clave será mantener una correcta declaración de los ingresos relacionados con actividades profesionales o grandes donaciones, en línea con la normativa vigente y sin temores de una fiscalización invasiva para los pequeños movimientos cotidianos.
