Noticias.madrid

Guía para presentar la declaración de la Renta 2026 tras un divorcio

Con el inicio de la campaña para presentar la declaración de la renta del ejercicio fiscal de 2025, todos los contribuyentes en España se preparan para cumplir con sus obligaciones fiscales ante Hacienda. La campaña está prevista para desarrollarse desde el 8 de abril hasta el 30 de junio, un período en el que se espera una gran afluencia de declaraciones que reflejarán los movimientos económicos y personales del último año.

Uno de los aspectos que más atención genera este año es la situación de quienes atravesaron un proceso de divorcio en 2024. La normativa fiscal española establece que, tras la formalización del divorcio, cada excónyuge debe presentar su declaración de forma individual. La opción de presentar una declaración conjunta desaparece en la mayoría de los casos, salvo circunstancias especiales relacionadas con la custodia compartida de los hijos, y siempre teniendo en cuenta que el estado civil declarado debe reflejar la situación al 31 de diciembre de 2025. Si la separación o divorcio se concretó después de esa fecha, la declaración corresponderá aún al estado civil de casado.

Desde expertos en tributación indican que, una vez formalizado el divorcio, ambos progenitores tienen la obligación de tributar por separado, dejando atrás la posibilidad de declarar en conjunto. La única excepción es cuando ambos acuerden de manera explícita y alterna presentar una declaración conjunta por cuidado compartido de los hijos menores de 18 años, quienes solo pueden integrarse en la unidad familiar para efectos fiscales en esas circunstancias. En estos casos, la deducción por descendiente puede repartirse a la mitad, salvo que se llegue a un acuerdo que atribuya la totalidad a uno de los progenitores.

La clave para determinar cómo afectar las decisiones fiscales en estos casos radica en la modalidad de custodia. Cuando esta es exclusiva, el progenitor con la guarda de los hijos puede beneficiarse de las deducciones relacionadas por ellos, incluyendo menores con discapacidad en el mismo domicilio. Por otro lado, el progenitor sin custodia debe presentar su declaración de manera individual y no podrá aplicar deducciones específicas por los descendientes.

En las custodias compartidas, la situación demanda un acuerdo entre los padres para repartir ventajas fiscales. La práctica habitual es que cada año uno de los progenitores opte por presentar la declaración conjunta y beneficie en la misma proporción a sus hijos. En estos casos, las deducciones, como la de descendientes o la relacionada con gastos de alquiler y formación de los hijos, se dividen en partes iguales o según lo pactado en el acuerdo familiar. Es importante recordar que la deducción máxima por descendiente en la base imponible está establecida en 2.150 euros, y solo puede aplicarse a un progenitor en cada ejercicio fiscal.

Otro tema relevante es la gestión de las pensiones alimenticias y compensatorias. La pensión alimenticia, abonada por uno de los progenitores para cubrir los gastos de los hijos, puede ser deducible en la declaración del pagador, siempre y cuando se indique correctamente el importe y los datos de los menores beneficiarios. La pensión compensatoria, que se abona al excónyuge en compensación por el abandono del hogar común, tiene un tratamiento distinto: quien la paga puede reducir su base imponible, mientras que quien la recibe debe declararla como rendimiento del trabajo, salvo excepciones judiciales.

En materia de vivienda y bienes inmuebles, la normativa establece ciertas facilidades y obligaciones tras el divorcio. Si el progenitor que continúa residiendo en la vivienda familiar la mantiene junto a los hijos, puede deducir los gastos relacionados con la hipoteca, siempre que se cumplan los requisitos legales y si la adquisición se realizó antes de 2013, disfrutando de condiciones favorables en la deducción. En cuanto a segundas viviendas o inmuebles en alquiler, la declaración debe ajustarse a la proporción de titularidad de cada uno, reflejando los ingresos y gastos en consecuencia. Para inmuebles no ocupados ni alquilados, la ley obliga a imputar una renta ficticia basada en el valor catastral, que cada propietario debe declarar en proporción a su participación.

La gestión fiscal de estos elementos requiere atención y coordinación entre las partes, especialmente en aspectos como la repartición de deducciones, el tratamiento de ingresos por alquiler y las posibles imputaciones de renta. Además, la normativa vigente permite deducir en la declaración los gastos relacionados con la vivienda habitual si se continúa residiendo en ella, condición que favorece a quienes adquirieron su propiedad antes de 2013.

Mientras la campaña de declaración avanza, agentes fiscales y asesores profesionales aconsejan revisar cuidadosamente toda la documentación y los acuerdos previos, para garantizar un cumplimiento correcto y aprovechar al máximo las ventajas fiscales posibles en un escenario que, año tras año, presenta novedades y retos particulares. La correcta gestión de estas declaraciones será clave para evitar errores y optimizar beneficios, en un proceso que cada vez exige mayor precisión y conocimiento legal y fiscal.

Mariana G.

Mariana G. es una periodista europea y editora de noticias de actualidad en Madrid, España, y el mundo. Con más de 15 años de experiencia en el campo, se especializa en cubrir eventos de relevancia local e internacional, ofreciendo análisis profundos y reportajes detallados. Su trabajo diario incluye la supervisión de la redacción, la selección de temas de interés, y la edición de artículos para asegurar la máxima calidad informativa. Mariana es conocida por su enfoque riguroso y su capacidad para comunicar noticias complejas de manera clara y accesible para una audiencia diversa.

TE PUEDE INTERESAR...

    Noticias.Madrid
    Noticias.Madrid es un diario independiente que cubre la actualidad y las noticias de la provincia de Madrid.
    También informa sobre eventos y temas de interés en la capital de España.
    Copyright © 1995-2025 Colorvivo Internet S.L.U. Noticias.Madrid.
    Diario de información en el corazón de Madrid. Todos los derechos reservados. Alojamiento cloud con Stackscale.
    Resumen de privacidad

    Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.