

Un hombre de 59 años que trabajó durante años como mozo de almacén en un supermercado ha visto rechazada su petición de incapacidad permanente absoluta. La Audiencia Provincial de Cantabria confirma que puede realizar trabajos sedentarios pese a su lesión de rodilla. El trabajador, afiliado al Régimen General de la Seguridad Social, ya contaba desde abril de 2025 con el reconocimiento de incapacidad permanente total para su profesión habitual.
Su historial clínico recoge una degeneración severa en la rodilla derecha, con tumefacción y movilidad muy limitada. Los especialistas de traumatología han descartado operar por el riesgo que implica la intervención, y el hombre toma anticoagulantes de forma permanente por una trombosis venosa profunda, además de estar en lista de espera para una operación en la pierna izquierda. Camina con muleta y presenta obesidad, dos factores que el tribunal tuvo en cuenta al valorar el caso.
La sentencia reconoce que el trabajador no puede realizar tareas con esfuerzo físico, carga de peso, posturas mantenidas o desplazamientos largos, pero considera que sí está capacitado para trabajos sedentarios o con poco componente físico. Esa distinción es la que marca la diferencia legal entre la incapacidad permanente total, que ya tenía reconocida, y la absoluta, que solicitaba y que le fue denegada.
En el recurso, la defensa del trabajador intentó incorporar patologías adicionales a las ya valoradas, pero los jueces rechazaron ampliar el cuadro clínico al considerar que los informes médicos previos ya reflejaban su situación sin errores de valoración. La sentencia confirma así la resolución de primera instancia y cierra, por ahora, la vía judicial abierta por el trabajador.
No es el único caso reciente en el que los tribunales aplican este mismo criterio. Hace apenas una semana, la justicia también rechazó la incapacidad absoluta a una mujer de 67 años con múltiples enfermedades crónicas, en un fallo con argumentos muy similares sobre la capacidad para trabajos sedentarios.
El reconocimiento de una incapacidad permanente, ya sea total o absoluta, tiene además efectos directos en la declaración de la renta del trabajador afectado, algo que suele quedar en segundo plano frente al debate sobre el grado de incapacidad reconocido.
La total impide realizar la profesión habitual pero permite trabajar en otra actividad compatible, como tareas sedentarias; la absoluta inhabilita para cualquier trabajo.
Una degeneración severa en la rodilla derecha, no operable por el riesgo que implica, junto a una trombosis venosa profunda tratada con anticoagulantes.
Los jueces consideraron que los informes médicos previos ya reflejaban correctamente su situación y no admitieron incorporar nuevas patologías al recurso.
La Audiencia Provincial de Cantabria, que confirma la decisión adoptada en primera instancia.
