

La reestructuración del horario lectivo en los colegios públicos abre un nuevo capítulo en la organización escolar, ofreciendo a los centros la opción de adoptar un horario partido. Este modelo se organiza en dos sesiones, separadas por un intervalo de dos horas, y ofrece la posibilidad de mantener un horario único durante los meses de septiembre y junio.
La oportunidad de ajustar el horario recae directamente en la comunidad educativa, que ahora dispone de un procedimiento simplificado para tramitar estas modificaciones. La propuesta de cambio debe surgir de al menos un tercio del Consejo Escolar, integrado por padres, profesores, personal administrativo y representantes municipales. Este consejo es el núcleo de decisión que, en estrecha consulta con el claustro y las familias, mediante una votación favorable, puede facilitar la transición hacia un nuevo horario.
El proceso contempla la participación activa de todos los actores implicados, permitiendo que la votación sea presencial o telemática, adaptándose así a las necesidades. Una vez se confirma el escrutinio, el resultado es comunicado por el presidente del Consejo Escolar al claustro y los miembros del órgano, posteriormente trasladándose a la Dirección de Área Territorial.
La decisión final recae sobre el titular de esta dirección, quien debe evaluar el cambio propuesto desde un prisma organizativo, pedagógico y de conciliación familiar, basándose en el informe del Servicio de Inspección Educativa. Todo este procedimiento, con fecha límite para el 15 de marzo, asegura que los centros dispongan del tiempo suficiente para reorganizarse de cara al nuevo curso.
Cabe destacar que los colegios que ya funcionaban bajo un horario continuado antes de la implementación de la nueva normativa pueden seguir con su estructura actual, garantizando así una transición calmada y equilibrada hacia un sistema más flexible que responde a las diversas necesidades de la comunidad educativa.
