
Un juzgado de lo mercantil de Madrid ha dictado una sentencia condenatoria contra Go4Baby S.L. por publicidad ilícita y desleal relacionada con la oferta de gestación subrogada en Ucrania, una práctica prohibida en España. La decisión, que se basa en la solicitud del Ministerio Fiscal, implica el cese inmediato de la campaña publicitaria de la empresa y la prohibición de realizar futuros anuncios sobre estos servicios. Además, Go4Baby fue declarada en rebeldía por no presentar defensa ante la demanda, y deberá publicar la sentencia en sus plataformas digitales y en medios que hayan difundido su publicidad ilegal, así como asumir las costas del proceso.
A pesar de la sentencia emitida el 19 de marzo, la página web de Go4Baby continúa promocionando la gestación subrogada en Ucrania en varios idiomas, resaltando que las mujeres gestantes carecen de derechos legales sobre los niños. La promoción de esta práctica fue prohibida en España a partir de la reforma de la ley del aborto de 2023, que califica la gestación subrogada como una forma de «violencia reproductiva» y declara nulos los contratos relacionados. La Fiscalía ha actuado contra varias empresas en la misma situación, solicitando esfuerzos para restringir su acceso desde España, especialmente aquellas registradas en países fuera de la Unión Europea. La Justicia española, incluido el Tribunal Supremo, ha sido clara al condenar esta práctica, considerándola un atentado a la dignidad humana.
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