El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha decidido que el Parlament debe izar la bandera española de manera «inmediata y permanente» en su edificio, modificando la práctica actual de desplegarla únicamente en los días de Pleno. Esta sentencia responde a una solicitud de medida cautelar presentada por Impulso Ciudadano, una entidad que se ha manifestado en contra de la inmersión lingüística y ha sido activa durante el procés. La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo determinó que la institución incumple la Ley de Banderas al no mantener izada la enseña nacional de forma constante, aunque desestimó la petición de que estuviera visible también de manera permanente en el interior del edificio, pues esta se coloca durante las sesiones plenarias en el hemiciclo. Ahora, el Parlament debe decidir si presenta un recurso de reposición ante este fallo.
Impulso Ciudadano documentó, mediante fotografías, que en varias fechas de octubre las banderas no ondeaban en el exterior del palacio, mientras que sí estuvieron presentes el día 22, coincidiendo con una jornada de Pleno. A pesar de que el Parlament, en colaboración con el Ayuntamiento de Barcelona, colocó una gran senyera en el Parc de la Ciutadella el 10 de septiembre, la entidad demandante había solicitado una bandera española de tamaño comparable o la retirada del mástil exterior para que ambas enseñas se ubicaran en la azotea del edificio. Tras el fallo, Impulso Ciudadano ha expresado su satisfacción y reafirmado su compromiso de seguir trabajando para asegurar el respeto a la legalidad, la neutralidad institucional y los derechos ciudadanos en el ámbito simbólico.
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