
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha respaldado la decisión de absolver a un hombre que, durante el Orgullo de Barcelona en 2019, amenazó a un joven en un McDonald’s con «hacerlo heterosexual a hostias». El fallo considera que las amenazas no estuvieron motivadas por la orientación sexual de la víctima, sino por su forma de vestir, argumento que había sido presentado anteriormente por la Audiencia de Barcelona. Este veredicto ha generado una respuesta crítica por parte de la Fiscalía, que sostiene que criticar la manera de vestir de una persona es a menudo un ataque a su orientación sexual. Así, la Fiscalía acudirá al Tribunal Supremo al considerar que la decisión es irracional y falta de lógica.
El incidente ocurrió en el McDonald’s de la zona de Universitat. Las amenazas, grabadas y difundidas en redes, motivaron la actuación de la Fiscalía, que inicialmente acusó tanto al agresor como al guardia de seguridad del local de delitos de odio. Sin embargo, el tribunal de la Audiencia consideró que las expresiones del atacante, aunque moralmente censurables, no constituían un delito de odio o atentado contra la integridad moral. La confirmación de la sentencia por parte del TSJC desestimó la reevaluación de las pruebas que la Fiscalía solicitaba, reafirmando que no se demostró un móvil discriminatorio por orientación sexual. Mientras tanto, el Ministerio Público se prepara para llevar el caso al Supremo, buscando una revisión que considere estos eventos como una clara manifestación de lgtbifobia.
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