

El Congreso de los Diputados ha dado un paso significativo al ratificar la Ley de Servicios de Atención a la Clientela, promovida por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. Esta legislación marca un cambio histórico en la protección de los derechos de las personas consumidoras en España, al regular por primera vez los servicios de atención a la clientela y establecer derechos clave para los consumidores frente a las empresas.
La nueva ley aborda varios problemas que han sido motivo de quejas durante años. En primer lugar, pone fin a las llamadas comerciales no consentidas, los gastos de gestión ocultos y las renovaciones de suscripciones automáticas. Asimismo, otorga a los consumidores el derecho a recibir una atención gratuita y personalizada. El ministro de Consumo, Pablo Bustinduy, subrayó que esta norma no es meramente técnica, sino un paso hacia un consumo más equitativo y humano, donde los consumidores puedan exigir un trato justo y honesto por parte de las grandes empresas.
Una de las medidas más comentadas es la eliminación de las llamadas spam. Las empresas deberán utilizar un código numérico específico para sus llamadas comerciales, y los operadores de telecomunicaciones estarán obligados a bloquear las llamadas que no cumplan con este requisito. Además, los contratos firmados bajo estas circunstancias serán considerados nulos si se hacen sin consentimiento explícito.
Otra área clave de la ley es la transparencia en precios y publicidad. La norma exige a las empresas ofrecer desde el inicio de la transacción el precio completo, incluidos todos los gastos de gestión, para evitar incrementos finales inesperados. Además, se demanda claridad en los algoritmos utilizados para personalizar precios y publicidad, prohibiendo el uso de parámetros discriminatorios.
La ley también avanza en cuanto a la atención al cliente. Se establece que el 95% de las llamadas deben ser atendidas en menos de 3 minutos, y se prohíbe el uso exclusivo de contestadores automáticos. Las reclamaciones deben resolverse con celeridad, con un plazo máximo de 15 días, reduciendo a la mitad el tiempo anteriormente permitido.
El texto también regula la autenticidad de las reseñas, prohibiendo su compraventa y requiriendo que las opiniones se publiquen dentro de los 30 días posteriores a la compra del bien o servicio. Las empresas tendrán el derecho de replicar o solicitar la eliminación de reseñas que puedan demostrar que son falsas.
Finalmente, se aborda el tema de las renovaciones automáticas de servicios, obligando a las empresas a notificar a los clientes con 15 días de antelación para evitar renovaciones no deseadas.
Con el apoyo del Ministerio de Transformación Digital, se espera que la implementación de estas medidas sea rápida y eficaz, garantizando así una relación más equitativa entre consumidores y empresas en España.
Fuente: Ministerio de Consumo
