

El Ayuntamiento de Madrid aprobó ayer su nuevo Reglamento de Protocolo y Ceremonial, que sustituye al texto que reguló los actos oficiales del consistorio desde 1988, hace casi cuatro décadas. La normativa, estructurada en 23 artículos, adapta los procedimientos ceremoniales a la composición actual del Ayuntamiento y establece nuevas obligaciones para la presencia de la bandera oficial.
Entre las novedades más concretas figura la obligatoriedad de exhibir la bandera oficial en los despachos de los concejales de distrito y de los portavoces de los grupos políticos. El reglamento mantiene los símbolos históricos de la ciudad —escudo, bandera y pendón— y define los atributos representativos del alcalde y los concejales. El Ayuntamiento se designa oficialmente como “excelentísimo”.
El artículo 10 del nuevo reglamento introduce un trato diferenciado para los exalcaldes en los actos oficiales: se situarán inmediatamente después del alcalde en el orden de precedencia, ordenados por antigüedad en el cargo. Es uno de los cambios más visibles de la actualización respecto al texto de 1988.
La vicealcaldesa Inma Sanz defendió la medida durante el Pleno: “El protocolo es también una herramienta estratégica de comunicación institucional que debe ser capaz de transmitir mensajes claros, coherentes y acordes con cada contexto”. Sanz subrayó que el objetivo es una institución “más coherente, más profesional y cercana a la ciudadanía”.
El reglamento también regula los actos solemnes, el luto oficial y las consideraciones para visitantes de honor: Llave de Oro de la Ciudad, medalla de visitante ilustre y el ceremonial de los Libros de Honor, de Oro y de Visitas.
La aprobación se produce en una semana de intensa actividad institucional en el Ayuntamiento. El propio alcalde presentó en el Debate sobre el Estado de la Ciudad su plan de vivienda, seguridad y digitalización para Madrid, y el consistorio avanza en otras iniciativas como la inversión en digitalización de sectores productivos de la región.
El reglamento anterior databa de 1988. El nuevo texto aprobado ayer es el primero en casi cuatro décadas.
La obligatoriedad de la bandera oficial en los despachos de concejales de distrito y portavoces, el trato especial para exalcaldes en actos oficiales (inmediatamente después del alcalde en el orden de precedencia) y la actualización de los atributos representativos.
Según el artículo 10 del nuevo reglamento, los exalcaldes se sitúan inmediatamente después del alcalde en ejercicio en el orden de precedencia durante los actos oficiales, ordenados por antigüedad en el cargo.
El nuevo Reglamento de Protocolo y Ceremonial del Ayuntamiento de Madrid tiene 23 artículos.
