

En un año marcado por el incremento del debate sobre la eutanasia, el Ministerio de Sanidad ha dado a conocer el Informe Anual de 2024 sobre la Prestación de Ayuda para Morir. Este documento refleja la evolución de este derecho sanitario en el Sistema Nacional de Salud y expone las cifras y las dinámicas detrás de uno de los procedimientos más delicados y trascendentales en la atención médica actual.
Durante el año 2024, se llevaron a cabo 929 procesos relacionados con la prestación de ayuda para morir. Entre estos, 426 culminaron con la prestación efectiva del servicio (45,86%), mientras que 308 personas fallecieron durante el proceso de tramitación (33,15%). Además, las instancias evaluadoras decidieron denegar 141 solicitudes al no cumplir con los requisitos legales establecidos (15,18%), y 54 personas optaron por revocar voluntariamente su solicitud (5,81%).
El perfil del solicitante mayoritario estuvo compuesto por pacientes de más de 60 años, con un 75,89% de los procesos finalizados perteneciendo a este grupo de edad. Cabe destacar que el 27,77% correspondió a personas mayores de 80 años. Las patologías predominantes entre los solicitantes fueron las enfermedades neurológicas (32,51%) y oncológicas (29,71%), sumando en conjunto el 62,22% de los casos. La mayoría del trámite siguió el protocolo del artículo 5.1 de la LORE, que implica que el solicitante tiene capacidad de hecho, mientras que 51 procesos (5,49%) se iniciaron basándose en instrucciones previas.
El informe también detalla que se emitieron 157 informes desfavorables hacia las solicitudes de eutanasia, de los cuales 75 fueron susceptibles de reclamación. De estas reclamaciones, 20 fueron estimadas por la Comisión de Garantía y Evaluación (CGyE), revirtiendo las denegaciones iniciales y permitiendo que estos casos se resolvieran favorablemente.
En cuanto a la decisión de revocación, la cifra alcanzó los 54 casos en 2024, significando un aumento significativo respecto al año anterior, que registró 21 casos. Las revocaciones se distribuyeron de la siguiente manera: 38 antes de la segunda solicitud, 7 entre la segunda solicitud y la resolución final, y 9 después de la aprobación de la comisión.
El tiempo medio de tramitación desde la solicitud hasta la resolución por parte de la CGyE fue de 52,97 días, superando el plazo máximo estipulado de alrededor de 30-40 días naturales. Asimismo, el lapso total desde la primera solicitud hasta la prestación efectiva, incluyendo aplazamientos, fue de 82,65 días.
Durante el proceso, 117 solicitudes requerían acortar el plazo entre la primera y la segunda solicitud debido al riesgo inminente de pérdida de capacidad para tomar decisiones por parte del solicitante. Por otra parte, en cuanto al programa de donación de órganos tras la prestación de ayuda para morir, 63 personas se acogieron a este programa en 2024, lo que permitió continuar con una tendencia positiva en cuanto a la donación post-eutanasia.
Desde la implementación de la Ley de Regulación de la Eutanasia (LORE) en 2021, 156 personas han sido donantes de órganos, permitiendo el trasplante de 459 órganos y beneficiando a 442 receptores. Este aspecto añade una dimensión de legado y solidaridad al ya complejo y delicado debate sobre el derecho a morir dignamente.
El informe concluye que la prestación de ayuda para morir se consolida como un derecho cada vez más ejercido en España, mientras la sociedad y las instituciones continúan ajustando sus marcos éticos, legales y operativos para atender esta realidad contemporánea.
Fuente: Ministerio de Sanidad
