El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha decidido investigar como un posible caso de violencia vicaria la presunta sustracción de una menor por parte de su padre. El sujeto en cuestión mantuvo a su hija de ocho años durante cinco meses en Málaga sin el consentimiento de la madre, en contra del régimen de visitas estipulado. Este caso, anunciado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, marca un precedente en la interpretación jurídica sobre el uso de menores como herramientas de daño hacia las mujeres. Según el auto de la magistrada María Auxiliadora Díaz, la conducta del padre podría clasificarse como violencia vicaria, donde se busca perjudicar emocionalmente a la madre a través del daño a los hijos.
La investigación, que también considera un posible delito de maltrato habitual, desvela una serie de presuntas agresiones verbales y coacciones que el acusado habría cometido contra su expareja. Entre las supuestas acciones se encuentra la imputación falsa a la madre de lesiones en la menor, que, según el auto, ocurrieron durante una actividad deportiva escolar. Mientras dura la instrucción, se ha impuesto al investigado una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con su hija para proteger a la menor. La magistrada ha subrayado que incluso en ausencia de otro delito, la sustracción de menores por sí sola podría ser considerada un acto de violencia hacia la mujer, lo que, junto al informe favorable del Ministerio Fiscal, refuerza la competencia del juzgado especializado en este asunto calificado como “novedoso” en el ámbito competencial. La resolución es recurrible y se mantiene el contacto de emergencia para víctimas de violencia machista.
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