La reciente sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Barcelona ha consolidado un procedimiento que se venía implementando discretamente durante meses: LaLiga y Telefónica cuentan ahora con respaldo judicial para bloquear direcciones IP en España como parte de su estrategia contra la piratería audiovisual. El fallo, fechado en diciembre de 2024, permite no solo los bloqueos que ya estaban vigentes, sino también su actualización dinámica hasta el final de la temporada 2026/2027, todo esto sin necesidad de notificar previamente a los usuarios ni establecer garantías técnicas para evitar afectaciones colaterales.
Desde febrero, miles de sitios web se han visto perjudicados por los bloqueos masivos de IPs en operadoras clave como Movistar, O2, Vodafone o Digi. Aunque oficialmente se afirma que estas acciones van dirigidas contra direcciones potencialmente usadas para retransmitir ilegalmente partidos de fútbol, en la práctica, muchas de ellas pertenecen a infraestructuras compartidas, como es el caso de Cloudflare. Esto ha resultado en un impacto negativo sobre páginas completamente legales que, simplemente, comparten la misma red.
El acceso a la sentencia revela que no se detalla el listado completo de IPs afectadas, ni se imponen obligaciones de transparencia hacia los usuarios. Asimismo, no se exige la realización de pruebas técnicas que eviten posibles falsos positivos, lo cual ha generado preocupación entre expertos y administradores de sistemas.
Por su parte, LaLiga y Telefónica han apuntado a tecnologías de privacidad como el ECH (Encrypted Client Hello) de Cloudflare y el Private Relay de Apple, señalándolas como obstáculos para aplicar bloqueos efectivos basados en dominios. Estas herramientas, diseñadas para proteger la privacidad del usuario, encriptan partes clave del tráfico web, limitando la capacidad de los operadores para monitorizar los sitios visitados. Según los demandantes, estas tecnologías podrían facilitar el anonimato de las plataformas pirata.
La resolución judicial permite el bloqueo basado en IPs y autoriza la actualización de los listados en tiempo real, especialmente durante los partidos, instando a las operadoras a ejecutar estos bloqueos lo antes posible, muchas veces sin previo aviso al usuario. Ninguno de los operadores implicados —Movistar, Vodafone, Digi y MásOrange— se opuso al procedimiento, aceptando las medidas sin resistencia legal, lo que ha agilizado una sentencia rápida y contundente. Sin embargo, esto ha avivado las críticas de organizaciones defensoras de derechos digitales, que advierten la instauración de mecanismos técnicos de censura sin un diálogo público amplio ni un análisis exhaustivo de sus implicaciones.
Además, la sentencia establece que los bloqueos se podrán extender más allá de la temporada actual, retomándose después del receso veraniego a partir del 16 de agosto de 2025, abarcando toda la vigencia del contrato de derechos televisivos entre LaLiga y Telefónica.
Este precedente en España sobre el uso judicial de técnicas de filtrado y bloqueo en la red podría tener repercusiones significativas. Mientras LaLiga defiende su derecho a proteger sus contenidos frente a la piratería, diversos expertos alertan de que esta resolución puede abrir la puerta a un modelo de control extensivo sin las suficientes garantías. La sentencia minimiza el “allanamiento” de las operadoras, afirmando que “no perjudica a terceros”, obviando las quejas de administradores y desarrolladores que han visto bloqueadas sus webs sin estar vinculadas a actividades ilícitas.
En este contexto de creciente tensión entre derechos de autor, privacidad y acceso libre a la información, el caso de LaLiga-Telefónica podría ser un punto de inflexión en la gobernanza de internet en España. Con la sentencia ahora disponible aunque incompleta, la sociedad civil, los juristas y el ecosistema tecnológico tienen la responsabilidad de fomentar un debate que hasta ahora ha sido deliberadamente marginal.