El Tribunal Supremo ha emitido una decisión trascendental al confirmar que las pérdidas del juego pueden compensarse con las ganancias obtenidas durante el mismo período fiscal al calcular el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esta sentencia, dictada el 30 de junio de 2025, bajo el recurso 4776/2023, sella una doctrina establecida en octubre de 2024, permitiendo que las pérdidas patrimoniales del juego se compensen contra las ganancias del mismo año.
El fallo amplía la posibilidad de deducir estas pérdidas sin distinción entre las generadas antes o después del año 2012, siempre y cuando no estén relacionadas con una actividad económica profesional. Este aspecto es esencial para quienes participan en póker en línea y apuestas deportivas, donde las pérdidas son comunes.
Las pérdidas y ganancias deben reflejarse en la declaración del IRPF en la sección de rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales, según corresponda. Por ejemplo, si un jugador obtiene 700 euros en ganancias y sufre 300 euros en pérdidas, solo tributará por la diferencia neta de 400 euros.
Sin embargo, esta compensación solo se aplica a pérdidas y ganancias derivadas de juegos no profesionales. No es posible deducir pérdidas del juego contra ingresos de distinta naturaleza, como intereses bancarios o rentas de fondos de inversión, restringiendo la compensación al ámbito del juego y apuestas del mismo ejercicio fiscal.
El Tribunal Supremo subraya la importancia de mantener un registro detallado de cada transacción de juego, con fechas, montos apostados y premios, para facilitar una declaración adecuada. Este veredicto proporciona a los contribuyentes una clara vía para deducir legítimamente las pérdidas en juegos de su base imponible en el IRPF, siempre bajo las condiciones especificadas.