Con la llegada de septiembre y el inicio del nuevo curso, muchos trabajadores desean más días libres tras agotar sus vacaciones. Sin embargo, el Estatuto de los Trabajadores ofrece permisos retribuidos que permiten ausentarse del trabajo sin pérdida salarial. Uno de estos permisos es por fuerza mayor, regulado por el Real Decreto 5/2023 y el artículo 37.9 del estatuto, que permite ausentarse por urgencias familiares inmediatas, como accidentes o enfermedades de personas cercanas. Este permiso no requiere preaviso y puede ser disfrutado de inmediato, aunque la empresa puede solicitar justificantes posteriormente. Los trabajadores pueden ausentarse por horas o días completos, con derecho a cuatro días anuales de retribución por estas causas, según lo establezca el convenio colectivo o acuerdos con la empresa.
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