La Audiencia Provincial de Logroño ha ratificado la anulación de un contrato entre Cofidis y un consumidor, al considerar que la entidad financiera enmascaró un préstamo al consumo como una línea de crédito revolving, una práctica que ha sido catalogada como abusiva por el tribunal. La sentencia se alinea con un fallo previo del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Calahorra y señala la posibilidad de que otros consumidores afectados por prácticas similares puedan presentar reclamaciones y lograr victorias legales. Rebin Shamamy, CEO de Abogados Legalsha y el representante legal en este caso, ha destacado que el 99% de las reclamaciones por revolving son estimadas en los juzgados debido a usura y falta de transparencia, subrayando la importancia de proteger los derechos del consumidor frente a las estrategias ilegales de las entidades financieras.
En el caso concreto, la sentencia revela que Cofidis ofreció en 2021 un contrato bajo la apariencia de una línea de crédito revolving, exigiendo una alta TAE del 24,51%, mientras que el consumidor deseaba un préstamo al consumo con una TAE de 7,65%, acorde con las tasas recomendadas por el Banco de España. Los magistrados determinaron que esta diferencia significativa de tasa constituía un abuso, anulando así las condiciones del contrato y condenando a Cofidis a cubrir los costos del proceso judicial. La resolución pone de manifiesto la importancia de la transparencia en las operaciones financieras y reafirma el criterio legal de que las prácticas usurarias no tienen cabida en el mercado, sentando un precedente para futuras acciones legales contra la banca por prácticas similares.
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