

En un fallo sin precedentes, la Audiencia Provincial de Baleares ha revocado la pensión de alimentos inicialmente establecida para dos jóvenes de 20 años, alegando que su dependencia económica responde a una conducta de inactividad voluntaria. La decisión se enmarca en un proceso de divorcio en el que se había acordado, en primera instancia, que el padre, identificado como Lucas, contribuyera con 180 euros mensuales por cada hijo durante un año, además de asumir ciertos gastos extraordinarios.
Sin embargo, el tribunal determinó que estos jóvenes no se encontraban en una situación de verdadera necesidad, sino que su dependencia económica era una consecuencia de su actitud pasiva ante su formación y sustento. La sentencia señala que, a los 16 años, ambos abandonaron sus estudios y hasta los 20 no han retomado ninguna formación académica, además de haber iniciado trabajos como cocineros que posteriormente abandonaron sin buscar otra actividad laboral, argumentando que «no les llenaba».
El fallo recuerda que la obligación de los padres de pagar pensión de alimentos no desaparece automáticamente al cumplir los 18 años, sino que debe evaluarse si aún existe una necesidad real, siempre que esta no sea resultado de la propia conducta del hijo. En este caso, la Audiencia concluye que la «situación de pasividad voluntaria» no justifica la obligación económica del padre, especialmente considerando su delicado estado financiero y la tensión existente en la relación familiar.
Asimismo, la sentencia enfatiza que la ley no establece un límite de edad para el pago de alimentos a hijos mayores, pero sí requiere que los tribunales analicen caso por caso, adaptándose a las circunstancias personales y socioeconómicas. La decisión sigue la tendencia jurisprudencial que delimita las responsabilidades de los padres en mantener a hijos adultos que no muestran interés en su formación o en alcanzar la autosuficiencia, dejando en claro que tal respaldo no puede sostener una inactividad voluntaria y que la responsabilidad de buscar empleo o formación recae también en los propios jóvenes.
Este fallo representa un precedente importante en la interpretación del mantenimiento de hijos adultos y subraya la importancia de la diligencia personal en la búsqueda de autonomía económica. La resolución no solo afecta a los implicados en este caso, sino que también puede influir en futuras sentencias en una materia en la que aún existen diversas interpretaciones legales.
