El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado varios preceptos de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) establecidas por el Ayuntamiento de Madrid tras un recurso interpuesto por el grupo municipal de Vox. La resolución no cuestiona la necesidad de dichas zonas ni la autoridad del Consistorio para delimitarlas, pero considera «insuficientes» los informes justificados sobre el establecimiento de estas áreas y su impacto económico. Especialmente, el fallo menciona la falta de estudios sobre las repercusiones en las personas con menos capacidad económica y en los colectivos empresariales pequeños, como autónomos y pymes. Automovilistas Europeos Asociados ha solicitado paralizar la tramitación de multas y devolver los 331 millones de euros cobrados indebidamente, mientras que la portavoz de Vox, Rocío Monasterio, ha celebrado la decisión como un retorno a la libertad en Madrid.
La sentencia de la Sección Segunda del TSJM anula específicamente aquellas partes de la ordenanza que definían el ámbito de la ZBE en todo el municipio y las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE) en Distrito Centro y Plaza Elíptica. El Ayuntamiento tiene 30 días para recurrir, aunque aún no ha ofrecido una valoración completa del fallo, limitándose a informar que los servicios jurídicos están analizando la sentencia. Los magistrados señalaron que las medidas restrictivas adoptadas no consideraron adecuadamente sus consecuencias económicas, ni las posibles alternativas menos restrictivas que pudieran afectar menos a los sectores económicos vulnerables. La resolución del tribunal destaca que la ordenanza incumple el principio de proporcionalidad en materia ambiental, tal como lo exige la reciente doctrina del Tribunal Supremo y de la Unión Europea.
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