El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado hoy el calendario de festivos no laborables para el año 2025. Este decreto, que ha sido sometido a consulta entre los grupos parlamentarios representados en la Asamblea de Madrid, así como a otras entidades e instituciones económicas y sociales más representativas de la región, será remitido al Estado antes del 30 de septiembre. El calendario contempla 12 fechas fijas, a las cuales cada ayuntamiento de la región sumará sus festivos locales correspondientes.
Los días festivos laborables en la Comunidad de Madrid para el año 2025 son los siguientes:
– 1 de enero (miércoles), Año Nuevo.
– 6 de enero (lunes), Epifanía del Señor.
– 17 de abril, Jueves Santo.
– 18 de abril, Viernes Santo.
– 1 de mayo (jueves), Fiesta del Trabajador.
– 2 de mayo (viernes), Fiesta de la Comunidad de Madrid.
– 25 de julio (viernes), Santiago Apóstol.
– 15 de agosto (viernes), Asunción de la Virgen.
– 1 de noviembre (sábado), Todos los Santos.
– 6 de diciembre (sábado), Día de la Constitución Española.
– 8 de diciembre (lunes), Día de la Inmaculada Concepción.
– 25 de diciembre (jueves), Natividad del Señor.
Este calendario permite a los ciudadanos de la Comunidad de Madrid prepararse con antelación para los festivos del próximo año, contribuyendo tanto a la planificación personal como laboral. Los ayuntamientos de la región tendrán la responsabilidad de incorporar sus propias fechas festivas adicionales, completando así el calendario de cada municipio.
El decreto busca equilibrar los días festivos entre distintas épocas del año, de modo que los ciudadanos puedan disfrutar de pausas en su rutina a lo largo del calendario anual. Las fechas seleccionadas abarcan celebraciones religiosas y civiles, reflejando la diversidad y la tradición de la Comunidad de Madrid.