

El reciente ajuste al decreto 84/2020 ha ampliado el radio de acción del Ejecutivo de la Comunidad de Madrid, permitiendo integrar parcelas ubicadas en suelos gestionados por otras Administraciones Públicas, como los ayuntamientos. Esta modificación tiene como objetivo primordial aumentar la disponibilidad de terrenos destinados a la construcción de vivienda pública, asegurando así que un mayor número de ciudadanos pueda acceder a soluciones habitacionales adecuadas.
Uno de los cambios más significativos introducidos es la mejora en gestión y transparencia de los procesos de adjudicación de viviendas. Las listas de solicitantes ahora serán accesibles de forma permanente en la página web del concesionario, con un enlace directo desde el portal institucional. Esto permite una actualización continua de los datos y garantiza un acceso más sencillo a la información para todos los interesados en el proceso.
Por otra parte, se han flexibilizado los requisitos económicos para acceder a estas viviendas, ampliando los umbrales de ingresos para las unidades familiares de dos miembros. Para las viviendas de precio básico, el ingreso deberá estar entre 1,5 y 5,5 veces el IPREM, mientras que para las de precio limitado, el rango es de 1,5 a 7,5 veces. Con estas medidas, se pretende aumentar el espectro de posibles beneficiarios.
Los cambios también autorizan el uso de los datos fiscales más recientes disponibles y permiten presentar declaraciones responsables en casos de variaciones significativas en la situación económica del solicitante.
Otro de los aspectos que busca optimizar la nueva normativa es la ocupación de los inmuebles. Se pondrá en marcha un sistema que permita reasignar pisos no ocupados que inicialmente estaban reservados para colectivos específicos, como las víctimas de violencia de género o personas asiladas. Además, se reducirán los plazos de adjudicación para hacer más eficiente el proceso.
En cuanto al arraigo territorial, se ha actualizado el criterio de selección para dar prioridad a quienes hayan estado empadronados durante al menos cinco años en el municipio o desarrollen allí su actividad laboral, seguidos de aquellos con diez años de residencia en la Comunidad de Madrid. El resto de solicitantes empadronados serán considerados posteriormente, reemplazando el antiguo esquema que requería un mínimo de tres años.
Este ajuste en la normativa se complementa con un nuevo reglamento de vivienda protegida, aún en proceso, que establece un periodo mínimo de cinco años de residencia para alquiler y diez años para la compra. Solo uno de los miembros de la unidad familiar necesita cumplir este requisito, lo que marca un cambio importante respecto a la normativa anterior.
Para las viviendas gestionadas por la Agencia de Vivienda Social, se exige demostrar diez años de empadronamiento en la Comunidad de Madrid, con al menos tres años consecutivos inmediatamente anteriores a la solicitud.
El Plan Vive ya ha hecho posible la entrega de 5.211 pisos en alquiler asequible y se estima que más de 3.000 unidades adicionales estén disponibles para los madrileños a partir de junio, reforzando así el compromiso del Gobierno regional con el acceso a la vivienda para toda la ciudadanía.
