La Agencia Tributaria Española (AEAT) ha dado un paso importante en la persecución de la morosidad entre empresas y autónomos al introducir un cambio regulador en los embargos de deudas. Según se indica en una resolución publicada el 29 de mayo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la AEAT ha habilitado la posibilidad de embargar telemáticamente los ingresos obtenidos a través de terminales de punto de venta (TPV), tanto físicos como virtuales.
Esta innovadora medida afecta a las deudas en fase de ejecución que superen los tres euros, y excluye las diligencias de embargo preventivo o aquellas que se conviertan en embargo definitivo. Este cambio normativo promete agilizar significativamente el proceso de embargo, ya que la AEAT podrá emitir órdenes en línea, facilitando la notificación y ejecución a través de los bancos. Las entidades financieras, una vez recibida la orden, podrán retener cualquier pago realizado mediante tarjetas de crédito, débito, prepago y monederos virtuales, hasta la liquidación de la deuda. Esto posiciona a la AEAT en una situación equiparable a la del embargo de fondos en cuentas y depósitos.
Para aquellos empresarios y autónomos que consideren evadir la normativa cambiando de banco o TPV, la resolución no deja lugar para estos subterfugios. Las entidades financieras están obligadas a reportar a la AEAT cualquier incidencia relacionada con el cobro y embargo de los fondos, asegurando así el cumplimiento de la normativa.
Frente a esta nueva realidad, la opción más beneficiosa para los deudores es saldar directamente sus deudas con la AEAT. Desde el ámbito legal, según apunta el despacho de Rato Abogados, existen otras alternativas como la solicitud de un concurso de acreedores o, particularmente para los autónomos, la Ley de Segunda Oportunidad. Estas opciones ofrecen formas de manejar la deuda, permitiendo al deudor mantener la operatividad de su negocio hasta la resolución completa de sus obligaciones tributarias.
Este desarrollo normativo implementado por la AEAT subraya el avance hacia una mayor eficiencia en el cobro de deudas, integrando de manera efectiva la tecnología con los procedimientos de ejecución tributaria. De este modo, la AEAT refuerza su capacidad de actuación, brindando una mayor cobertura y eficacia en la recuperación de ingresos adeudados por los contribuyentes morosos.