El Ministerio de Trabajo ha reactivado la discusión sobre la reducción de la jornada laboral en el inicio del nuevo curso, una medida que ya pueden solicitar los trabajadores con necesidades de cuidado bajo ciertos requisitos del Estatuto de los Trabajadores. En el artículo 37.6, este derecho abarca el cuidado de menores de 12 años, personas con discapacidad sin empleo, familiares de hasta segundo grado de consanguinidad, cónyuges o parejas de hecho, y menores con cáncer o enfermedades graves. La reducción de la jornada diaria conlleva una disminución proporcional del salario, excepto en el caso de menores enfermos graves, donde no se pierde salario. La modificación no implica cambio de horario y requiere una solicitud escrita con 15 días de antelación.
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