La Audiencia Provincial de A Coruña ha confirmado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 10 en la que se establecen los términos del divorcio de una pareja, centrándose en el régimen de estancia de su hijo y la repartición de la custodia de un perro que compartían. La decisión judicial, tomada en un contexto complicado por la distancia de 1.000 kilómetros entre los progenitores, determinó que el menor residirá con su padre en Galicia, mientras que la madre, quien se ha trasladado a Valencia, se hará cargo del perro. Durante el período de vacaciones de verano, el padre tendrá la compañía del perro, coincidiendo con la estancia del hijo con su madre.
El fallo también abarca aspectos económicos y de visitas. El régimen de visitas estipula que la madre podrá pasar 40 días al año con su hijo, con un máximo de 15 días consecutivos por mes, siguiendo la sentencia original. Los gastos relacionados con el perro se dividirán entre ambos progenitores: cada uno se encargará de su alimentación cuando esté bajo su cuidado, mientras que los costes extraordinarios se dividirán equitativamente. Además, el padre contribuirá mensualmente con 25 euros para la manutención del animal, cantidad sujeta a revisión según el índice de precios al consumo (IPC).
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