
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia reveladora en torno a la validez de pruebas obtenidas de forma ilícita en el contexto laboral. En este caso, un vigilante de seguridad observó a un empleado hurtar material de la empresa, lo cual fue corroborado por grabaciones de vídeo. Aunque el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco había declarado el despido nulo aduciendo la vulneración de derechos fundamentales, el Supremo falló a favor de la empresa Serveo, considerando que el despido estaba justificado. La clave del juicio radica en que el trabajador, al reconocer los hechos y devolver el material robado, posicionó su confesión como válido, incluso en medio de la controversia sobre la legitimidad de las pruebas.
El alto tribunal subrayó que, pese a que las grabaciones se obtuvieron vulnerando ciertos derechos, ello no invalidaba su valor como prueba, porque las cámaras corroboraron una sospecha ya existente y no se pudo encontrar un medio menos invasivo para verificar la infracción. Los magistrados concluyeron que la apropiación indebida de bienes por parte del trabajador constituía un grave abuso de confianza, lo que fundamenta un despido disciplinario. Esta decisión proporciona una importante claridad sobre los límites de las pruebas en casos de despido y la importancia de la buena fe contractual en las relaciones laborales.
Leer noticia completa en 20minutos.
