Una reciente decisión del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) podría tener un impacto significativo en los profesionales no transportistas que utilizan vehículos mixtos en el desarrollo de sus actividades. El fallo abre la puerta a la posibilidad de deducir los gastos asociados a dichos vehículos, una medida que, hasta ahora, había sido objeto de debate.
La Asociación de Empresas del Metal (AECIM) confirmó que la decisión podría beneficiar a un amplio espectro de profesionales, quienes hasta ahora enfrentaban restricciones en la deducción fiscal de estos gastos. La clave radica en la clasificación de los vehículos mixtos, los cuales, según el fallo, pueden ser considerados para deducción siempre y cuando su uso esté claramente vinculado a la actividad profesional del titular.
El fallo, publicado el 26 de agosto de 2025, ha sido recibido con interés por sectores que no pertenecen al ámbito del transporte, pero que dependen de estos vehículos para actividades complementarias o de soporte. La resolución, además, puntualiza que los profesionales interesados deberán demostrar el uso profesional del vehículo para poder optar a esta posibilidad de deducción fiscal.
Si bien el impacto pleno de esta decisión se irá conociendo a medida que más profesionales evalúen sus implicaciones, AECIM destaca que representa un movimiento hacia una interpretación más flexible y favorable del uso de vehículos en el ámbito fiscal. La asociación subraya la necesidad de que los profesionales interesados revisen cuidadosamente sus prácticas de contabilidad y documentación para aprovechar al máximo esta nueva oportunidad.
El enfoque del TEAC refleja una evolución en la comprensión de las necesidades de los profesionales no transportistas, reconociendo la importancia que estos vehículos mixtos tienen en una economía diversificada y adaptativa. Esta decisión podría, por ende, modificar el panorama fiscal para numerosas empresas y autónomos en el futuro próximo.