El Tribunal Supremo ha confirmado el derecho de retracto de cuatro inquilinos de viviendas de protección oficial en Madrid, permitiéndoles adquirir sus hogares al precio en el que las compró una empresa vinculada al fondo Blackstone. Este fallo, fechado el 28 de noviembre, se produce tras la desestimación de un recurso de la empresa Fidere contra una sentencia de septiembre de 2019. La Sala de lo Civil determinó que la transacción fue una venta agrupada y no conjunta, permitiendo así la adquisición preferente por parte de los inquilinos, lo cual evita que la venta original a favor de Fidere quede en efecto. Esta decisión contradice la postura inicial de la justicia, que favoreció a Fidere basándose en la Ley de Arrendamientos Urbanos, la cual excluye el derecho de retracto en las ventas conjuntas.
El contexto del caso se remonta a octubre de 2013, cuando la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo de Madrid vendió un gran paquete de inmuebles a Fidere, socimi del fondo Blackstone. Pese a que se consideró inicialmente que esta transacción no permitía el retracto debido a su naturaleza de venta conjunta, la Audiencia de Madrid reconoció a los inquilinos la posibilidad de individualizar la venta. El Supremo sostiene que no se vendieron todas las unidades del edificio, que 44 garajes fueron excluidos de la transacción, permitiendo así la aplicación del derecho de retracto. Juan Ignacio Navas, director del bufete Navas & Cusí, destaca la importancia de este fallo al interpretarlo como una medida que podría beneficiar a muchos afectados por ventas de paquetes incompletos a fondos de inversión, tanto en el ámbito inmobiliario como financiero.
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