La Sala ha decidido que se ha vulnerado el derecho a la presunción de inocencia de un acusado, ya que existen dudas sobre el consentimiento en las relaciones debido al estado de embriaguez o drogadicción de la mujer involucrada en el caso. Este fallo destaca la complejidad de los casos en los que hay posibilidad de que la persona afectada no haya podido prestar su consentimiento de manera clara, debido a su estado en el momento de los hechos.
La resolución subraya la necesidad de evaluar cuidadosamente las circunstancias en las que se producen las interacciones, especialmente cuando hay sustancias de por medio que puedan afectar la capacidad de toma de decisiones. La postura de la Sala pone en evidencia las dudas razonables que surgieron en el proceso judicial, que finalmente llevaron a sostener que no se había cumplido con el estándar requerido para considerar al acusado culpable, enfatizando la importancia del principio de presunción de inocencia en el sistema judicial.
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