
En los últimos años, la regulación de las prácticas formativas en España ha estado marcada por una creciente preocupación por las condiciones laborales y la protección de los derechos de los estudiantes en prácticas. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha detectado un fenómeno alarmante: entre 2021 y 2025, se llevaron a cabo aproximadamente 6.519 actuaciones en las que se encontraron 2.688 casos de falsos becarios. Estas cifras evidencian que una parte significativa de las prácticas en empresas en realidad estaban encubriendo relaciones laborales no reguladas, convirtiéndose en una fuente potencial de explotación y fraude.
El Gobierno ha dado pasos firmes para abordar esta problemática mediante la aprobación, en marzo pasado, del proyecto de Ley del Estatuto del Becario, que aún se encuentra en trámite parlamentario. Este nuevo marco legal busca delimitar con mayor claridad cuándo una práctica deja de tener un carácter formativo y pasa a constituir una relación laboral. La norma propone que solo aquellas actividades relacionadas con estudios oficiales, tanto universitarios como de Formación Profesional, así como enseñanzas artísticas o deportivas, sean consideradas prácticas no laborales, siempre que la actividad no sustituya funciones propias de un trabajador ni se desvincule del itinerario formativo.
Uno de los aspectos centrales de la iniciativa es la regulación del control y supervisión de las prácticas. Las empresas tendrán que formalizar un convenio con los centros educativos o entidades autorizadas, en los que se deberá definir la duración, el plan formativo y la designación de un tutor. Este tutor podrá supervisar hasta cinco practicantes simultáneamente en empresas con más de 30 empleados, reduciéndose a tres en centros de menos de esa plantilla. Además, se establece que las prácticas no podrán superar el 20% de la plantilla total, aunque se permite que cada empresa tenga hasta dos prácticantes independientemente de su tamaño, con el fin de evitar que las prácticas se utilicen como un recurso para cubrir necesidades estructurales.
Por otra parte, el proyecto contempla medidas concretas para garantizar los derechos y bienestar de los estudiantes en prácticas. Se prohíbe explícitamente que se pague por acceder a una práctica, y se reconoce el derecho a una compensación por gastos como transporte, alojamiento o manutención, en caso de que no existan otras ayudas. Asimismo, los practicantes deberán disfrutar de las mismas condiciones en cuanto a jornadas, descansos, días festivos y vacaciones, además de contar con garantías en materia de seguridad y salud, incluyendo protección frente al acoso sexual o laboral.
En línea con estos cambios, se prevé un régimen sancionador con multas elevadas, que pueden alcanzar los 225.018 euros en los casos más graves, con el objetivo de disuadir el incumplimiento y el fraude en estas prácticas. Las autoridades esperan que estas medidas contribuyan a reducir los casos de abuso y a convertir las prácticas profesionales en una verdadera experiencia formativa y respetuosa para los estudiantes.
A pesar de estos avances, aún se espera la finalización de la tramitación parlamentaria del Estatuto del Becario para que entre en vigor oficialmente. Sin embargo, las nuevas directrices y la mayor vigilancia por parte de las inspecciones ya están generando un mayor control en el sector, lo que podría traducirse en una mejora sustancial para los futuros practicantes y en un marco más justo para las empresas y centros educativos. La experiencia demuestra que un control riguroso y normativas claras son esenciales para erradicar las malas prácticas y fortalecer los derechos de quienes buscan aprender en entornos laborales.
