El Consejo de Estado de Colombia ha emitido un fallo contra el presidente Gustavo Petro por el uso indebido de alocuciones presidenciales, considerándolo una violación al derecho fundamental a la información. Según el tribunal, la frecuencia y duración de las intervenciones de Petro no cumplen con los criterios legales de excepcionalidad y urgencia definidos por la Sentencia C-1172 de 2001 de la Corte Constitucional. La corte ha ordenado a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) crear un marco regulatorio antes de fin de año para garantizar el pluralismo y la imparcialidad informativa. Esta decisión responde a una tutela presentada por varios ciudadanos, incluyendo al fallecido exsenador Miguel Uribe Turbay.
El fallo del Consejo de Estado también recuerda su decisión anterior de prohibir la transmisión de Consejos de Ministros en canales privados, argumentando que estas prácticas limitan la diversidad informativa. Pese a que Petro buscaba democratizar el acceso al poder transmitiéndolos en vivo, el primer consejo de este tipo generó una crisis que resultó en una importante reestructuración del gabinete. El tribunal ha responsabilizado a la CRC por permitir el mal uso de las alocuciones presidenciales y ha enfatizado que los funcionarios públicos, incluyendo al presidente, no tienen poderes ilimitados en el manejo de sus funciones. La nueva normativa no será censura, pero se espera que frene los excesos en futuras comunicaciones gubernamentales.
Leer noticia completa en El Pais.