

En medio de las recientes actualizaciones en las políticas laborales, las empleadas del hogar serán las principales beneficiadas por el aumento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) aprobado por el Gobierno. La cifra oficial para 2026 establece que el sueldo mínimo mensual será de 1.221 euros en 14 pagas, representando una subida del 3,1% respecto a 2025. Esta modificación, que entró en vigor con efectos retroactivos desde el 1 de enero, también impacta a quienes trabajan por horas o en jornadas parciales, estableciendo nuevos límites y obligaciones en materia de cotización y remuneración.
El incremento en el salario trae consigo un aumento significativo en el salario anual mínimo de estas trabajadoras, estabilizado ahora en 17.094 euros frente a los 15.120 de 2025. Además, la normativa impide que esta cifra pueda reducirse por acuerdo individual o convenio, aunque sí permite a empleadores y empleadas pactar salarios superiores, según lo deseen.
Las tablas indicativas para contratos de menor duración o jornada parcial reflejan que, por ejemplo, un empleo de 20 horas semanales tiene un salario mínimo mensual de 610,50 euros, mientras que en jornadas de 10 horas semanales la remuneración se sitúa en 305,25 euros. Para quienes trabajan solo 5 horas a la semana, la remuneración mínima queda en 152,63 euros mensuales y, en términos por hora, el pago mínimo será de 9,55 euros en 2026. No se permite, en ningún caso, que estos montos sean inferiores, incluso si la empleada recibe alojamiento o comida como parte del acuerdo, aunque siempre puede pactarse un salario superior.
Este aumento también conlleva una revisión en las cotizaciones a la Seguridad Social. La base de cotización para las empleadas del hogar se ajusta a los nuevos límites, y se aplican tipos específicos según los diferentes tramos de ingresos. En 2026, el porcentaje de cotización por contingencias comunes será del 28,30%, siendo 23,60% a cargo del empleador y 4,70% de la trabajadora. Sin embargo, se establece una reducción del 20% para la parte del empleador, dejando la cuota en 18,88%. Las bonificaciones para familias numerosas y otras exenciones también permanecen, lo que busca aliviar la carga sobre ciertos colectivos.
En cuanto a las cotizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, se mantiene en un 7,87%, cargo exclusivo del empleador. Para contratos indefinidos, la cotización por desempleo será del 7,05%, mientras que para temporales esa tasa asciende a 8,30%. Además, se contempla una bonificación del 80% en las cuotas de desempleo y en el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), además de una ligera subida en el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que alcanza el 0,90%.
Por otro lado, las empleadas del hogar deben estar atentas a las obligaciones fiscales que el nuevo marco legal exige. En particular, si sus ingresos brutos superan ciertos límites, será obligatorio presentar la declaración de la renta en 2026. La normativa establece que se debe declarar cuando los ingresos anuales alcanzan los 22.000 euros provenientes de un solo pagador, o 15.876 euros en casos de múltiples empleadores, siempre y cuando los ingresos del segundo pagador superen los 1.500 euros en total.
El portal oficial de la Seguridad Social ofrece herramientas para que las trabajadoras puedan calcular con precisión las cuotas que deben ingresar según su situación particular. Además, los empleadores deben considerar sus obligaciones ante la Agencia Tributaria, así como diseñar medidas para reducir riesgos laborales y cumplir con las normativas vigentes en materia de protección laboral.
Este incremento en el salario mínimo y en las cotizaciones representa un paso hacia la mejora de las condiciones laborales de las empleadas del hogar, un sector que durante años ha reclamado mayor reconocimiento y derechos. La apuesta del Gobierno busca equilibrar la protección social con la recuperación económica, promoviendo un mercado laboral más justo y equitativo para quienes desempeñan un trabajo esencial en la estructura familiar y social.
