Al emprender la aventura de ser un trabajador autónomo, uno de los desafíos más significativos es decidir el porcentaje de retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que se aplicará en cada factura. Las opciones principales son del 7 % y el 15 %, y esta elección puede influir notablemente en el flujo de caja y en la situación fiscal al finalizar el año.
El IRPF es el impuesto que grava los beneficios que los autónomos obtienen en el desarrollo de su actividad. Este impuesto se adelanta a través de las retenciones que se incluyen en las facturas emitidas a los clientes. Dicha retención es posteriormente ingresada en Hacienda mediante el modelo 111 de la declaración trimestral y se descuenta en la declaración anual de la renta, no suponiendo un coste adicional para el autónomo.
Habitualmente, la tasa que se utiliza es del 15 %. Sin embargo, se contempla una excepción en la que la retención puede reducirse al 7 % durante los primeros tres años de actividad para los nuevos profesionales. Esta medida busca facilitar el inicio de su negocio, ya que en esta etapa suelen tener un flujo de caja más reducido.
Para beneficiarse del 7 %, es fundamental cumplir ciertos requisitos: ser verdaderamente un nuevo autónomo, ya que aquellos que hayan estado dados de alta anteriormente no pueden acogerse a este beneficio; informar a los clientes que se aplicará esta retención, quienes además deben conservar la comunicación; y que la facturación sea a empresas o profesionales que residen en España.
Aun cuando esta tasa reducida es opcional, hay quienes pueden preferir iniciar con el 15 % desde el principio. Esto suele ser recomendable para quienes esperan ingresos anuales superiores a los 15.000 euros, ya que podría evitar problemas fiscales durante la declaración anual. Aunque el 7 % permite más liquidez a corto plazo, el 15 % puede prevenir sorpresas desagradables al cierre del ejercicio fiscal.
Un incremento en la facturación mientras se aplica el 7 % debe ser observado con atención. En tales casos, cambiar al 15 % antes de concluir los tres primeros años puede ser prudente para evitar ajustes fiscales importantes en la declaración anual. Al adoptar esta medida, es obligatorio comunicar el cambio a los clientes, permitiéndoles ajustar las retenciones efectuadas.
Tomar la decisión entre un 7 % o un 15 % de retención en el IRPF es un paso clave para los autónomos. Mientras que la opción del 7 % puede resultar tentadora para aquellos que necesitan maximizar su liquidez inicial, el 15 % ofrece una estabilidad fiscal que puede ser más beneficiosa frente a proyecciones de crecimiento. En consecuencia, cada profesional debe evaluar detenidamente su situación financiera y sus perspectivas de negocio para optar por la solución más acertada.
Para más detalles, se recomienda consultar el cuadro de tipos de retención en el porcentaje brindado por la Agencia Tributaria.