La campaña de la declaración de la renta para el ejercicio 2024, que comienza el próximo miércoles 2 de abril y culmina el 30 de junio, incluye este año varias novedades importantes. Por ejemplo, los beneficiarios de la prestación de desempleo ahora deberán presentar su declaración independientemente de sus ingresos anuales, a menos que se encuentren exentos. La Agencia Tributaria ha especificado que, en términos generales, no estarán obligados a declarar aquellos que no superen los 22.000 euros anuales en ingresos íntegros del trabajo. Para aquellos que tienen múltiples pagadores, el umbral es de 15.876 euros anuales, un aumento respecto al límite del año anterior que era de 14.000 euros.
Existen otras exenciones significativas en esta campaña fiscal. Las personas que perciben pensiones compensatorias derivadas de decisiones judiciales o las anualidades por alimentos en las mismas circunstancias no estarán obligadas a declarar estos ingresos. Además, los rendimientos del capital mobiliario y las ganancias patrimoniales no requerirán declaración si no superan los 1.600 euros anuales, aunque ciertas exclusiones aplican. Las rentas inmobiliarias provenientes de Letras del Tesoro y subvenciones relacionadas con viviendas de protección oficial no obligarán a declaración si no exceden los 1.000 euros, y las pérdidas patrimoniales deberán ser inferiores a 500 euros para no ser declaradas. No se considera la vivienda habitual ni ciertas propiedades relacionadas para la imputación de rentas inmobiliarias, lo que ofrece cierto alivio a los contribuyentes en estos casos.
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