Cada vez es más común que los padres opten por heredar en vida mediante donaciones para que sus hijos disfruten de los bienes mientras son jóvenes, evitando así el impuesto de sucesiones. Esta práctica, aunque legal, puede implicar riesgos si Hacienda detecta irregularidades. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones varía según la comunidad autónoma del donante y debe ser declarado a través del portal de la Agencia Tributaria dentro de los 30 días siguientes a la donación, detallando el origen de los fondos. Los bancos deben informar sobre movimientos superiores a 3,000 euros, aunque todas las donaciones deberían declararse, incluso las de valores menores, pese a que no suelen ser perseguidas.
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