Tras la aprobación definitiva de la ley que prohíbe el despido inmediato por incapacidad permanente, se ha generado un debate en torno a la compatibilidad de ciertas pensiones por incapacidad con la realización de actividades laborales. Según el abogado Pedro López, las personas que reciben una pensión por incapacidad permanente total pueden compaginarla con un trabajo, siempre que notifiquen al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y este determine que la limitación presentada es compatible con el empleo en cuestión. Un ejemplo de esto es una persona que, por una restricción de movimiento en el brazo, no podría trabajar levantando cargas pesadas, pero sí podría desempeñarse como conserje, dado que la incapacidad permanente total no impide trabajar en cualquier profesión, sino específicamente en la que ejercía el individuo cuando se le reconoció dicha incapacidad.
Por el contrario, las modalidades de gran invalidez e incapacidad permanente absoluta son incompatibles con cualquier tipo de trabajo y representan pensiones más generosas. Sin embargo, esto no significa que todas las puertas laborales estén cerradas para las personas con discapacidad. Existen centros especiales de empleo que adaptan sus puestos de trabajo para personas con diferentes capacidades, permitiendo, bajo ciertas circunstancias, que las personas con incapacidad permanente total puedan emplearse y recibir su pensión. Es importante tener en cuenta restricciones adicionales, como los complementos a mínimos, los cuales podrían ser retirados si se supera un determinado umbral económico. Para más claridad sobre estas situaciones, el perfil de Instagram Tododiscapacidad, gestionado por Pedro López, ofrece asistencia y orientación en temas relacionados con pensiones y empleo para personas con discapacidad.
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