El acusado, quien admite haberle quitado la vida a la víctima sin la intención de hacerlo, enfrenta una solicitud de condena de 15 años de prisión por el delito cometido. Este reconocimiento del hecho, pero negando la premeditación, ha llevado al juicio a un punto crítico donde se determinará si la pena contempla la circunstancia de no haber tenido el propósito de matar. La fiscalía sostiene que, a pesar de la falta de intención, el acusado debe asumir la responsabilidad total de su acción y cumplir con la sanción correspondiente.
Durante el proceso judicial, la defensa ha argumentado que la muerte fue accidental y que el hecho de no haber habido intención debería considerarse al determinar la sentencia. Esta postura ha generado un debate sobre la naturaleza del delito y las circunstancias que llevaron a la trágica situación. La audiencia se mantiene expectante mientras el tribunal delibera, recordando la importancia de que la justicia, en su fallo, contemple todas las aristas del caso para llegar a una decisión justa y equilibrada.
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