En el contexto de las autopistas y autovías españolas, donde el límite de velocidad estándar es de 120 km/h, existe un escenario poco conocido en el que un vehículo puede alcanzar legalmente los 150 km/h. Sin embargo, esta situación no aplica para cualquier conductor ni para vehículos de emergencia habituales. Se trata exclusivamente de vehículos de prueba que deben estar debidamente identificados con el distintivo V-12, una placa roja con las letras F.V (fabricante de vehículos), indicando su uso con fines de investigación. Esta excepción está contemplada en el artículo 47 del Reglamento General de Vehículos, el cual autoriza un incremento de 30 km/h sobre el límite permitido para tales ensayos.
La ejecución de estas pruebas está sujeta a estrictas condiciones. Solo pueden realizarse en vías específicas fuera de zonas urbanas, tramos con señalización específica de límite de velocidad, y áreas de concentración de accidentes. Además, las pruebas deben ser conducidas por profesionales contratados específicamente para este fin. Los fabricantes responsables deben notificar a la DGT con al menos tres días de antelación, solicitando los permisos pertinentes. En algunos casos, se permite la señalización en la vía o incluso el cierre del tráfico para llevar a cabo estos ensayos, garantizando la seguridad y el cumplimiento normativo. Para los conductores que no cumplen con estas restricciones, superar los 120 km/h resultaría en una multa de 100 euros sin pérdida de puntos en el carnet.
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