En un cambio significativo que augura un 2025 cargado de nuevas posibilidades para los ahorristas, el gobierno ha aprobado una medida que permite el rescate anticipado de los planes de pensiones sin necesidad de haber llegado a la jubilación. A partir del primer día del año 2025, será posible retirar aquellas aportaciones efectuadas al menos hace una década. Este marco temporal se irá actualizando año tras año, posibilitando, por ejemplo, que en 2026 se puedan sacar las aportaciones realizadas hasta el cierre de 2016 y sus respectivos rendimientos.
Esta reforma es recibida con optimismo por millones de españoles, quienes ahora ven una mayor flexibilidad en la gestión de sus ahorros para la vejez. Sin embargo, esta buena nueva no está exenta de implicaciones fiscales, ya que será necesario abonar impuestos por los montos rescatados. Estos se calcularán según la base imponible general del IRPF, aplicando tasas progresivas que podrían oscilar entre el 19% y el 50% dependiendo de la comunidad autónoma, lo que pone de manifiesto la importancia de una planificación fiscal eficiente.
Las últimas estadísticas reportadas por la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva (Inverco) destacan que, para finales de 2023, los Planes de Pensiones congregaban activos por unos 114.000 millones de euros, de los cuales aproximadamente 64.000 millones estarían disponibles para ser rescatados bajo las nuevas condiciones en 2025. Un dato relevante es que las inversiones en acciones, o renta variable, han demostrado ser las más rentables a largo plazo, seguidas por aquellas en renta variable mixta y renta fija a corto plazo.
En cuanto a las condiciones de rescate antes de 2025, se mantenían ciertas limitaciones salvo en casos de contingencias específicas como jubilación, gran dependencia, incapacidad laboral permanente y fallecimiento. Las modificaciones introducidas extienden los casos de liquidez excepcional, brindando así mayor flexibilidad a los ahorradores.
Finalmente, el tratamiento fiscal del rescate anticipado se equipara al de cualquier otro supuesto permitido hasta la fecha. Las cantidades rescatadas tributarán como rendimientos del trabajo en la declaración de la renta del año en que se efectúe el retiro, contemplando reducciones aplicables bajo ciertas condiciones. Esta medida supone un punto de inflexión en la concepción de los planes de pensiones en España, añadiendo un componente de liquidez y flexibilidad considerablemente atractivo para los futuros jubilados.