Arranca la Campaña de la Renta 2024: más devoluciones, declaración instantánea y pago con Bizum

La Agencia Tributaria prevé 24,8 millones de declaraciones, de las cuales un 68% serán a devolver por un total de 14.908 millones de euros. Se incorporan importantes novedades como ‘Renta Directa’ y el pago con Bizum.

La Campaña de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2024 ha comenzado este 2 de abril con importantes novedades tecnológicas y mejoras en la asistencia al contribuyente. Este año, la Agencia Tributaria estima la presentación de 24.868.000 declaraciones, lo que representa un aumento del 3,1% respecto al ejercicio anterior. De ellas, 17.069.000 declaraciones —el 68%— darán lugar a devoluciones por un importe estimado de 14.908 millones de euros.

Como ya es habitual, las declaraciones pueden presentarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia, donde también se podrá gestionar el nuevo servicio de ‘Renta Directa’, que permitirá a más de 4,47 millones de contribuyentes presentar su declaración de manera instantánea, siempre que no necesiten modificar el borrador generado automáticamente por Hacienda.

Declaración más fácil y rápida para rentas sencillas

‘Renta Directa’ está diseñada para usuarios con perfiles fiscales simples, como asalariados, pensionistas o beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, que no suelen realizar cambios en su borrador. Este nuevo sistema permite confirmar la declaración desde ordenadores de escritorio con una visualización adaptada, información resumida y navegación optimizada.

Los contribuyentes con declaraciones más complejas podrán seguir usando ‘Renta Web’, una plataforma mejorada este año con herramientas más precisas para incorporar rendimientos de inmuebles y deducciones autonómicas, entre otras funciones.

Pago con Bizum y ampliación del uso de tarjetas

En 2025 se incorporan nuevas formas de pago. Por primera vez, las declaraciones a ingresar podrán abonarse a través de Bizum, además de poder usar tarjetas bancarias de cualquier entidad, independientemente del canal por el que se presente la declaración.

También se mantiene la posibilidad de domiciliar el pago, opción que permite fraccionar el importe y aplazar el primer cargo hasta el 30 de junio (el segundo se realizará el 5 de noviembre).

Calendario: fechas clave

  • Inicio de la campaña: 2 de abril (presentación online).
  • Inicio de devoluciones: 4 de abril.
  • Plan ‘Le Llamamos’ (asistencia telefónica): comienza el 6 de mayo, con cita previa desde el 29 de abril.
  • Atención presencial en oficinas: desde el 2 de junio, con solicitud de cita a partir del 29 de mayo.
  • Fin del plazo de presentación: 30 de junio (25 de junio si se domicilia el pago).

En paralelo, continúa el plan especial de videoasistencia en municipios pequeños, pensado para personas mayores de 65 años o residentes en localidades sin oficinas tributarias. Este servicio se extenderá a 103 municipios y se prestará con apoyo de los ayuntamientos.

Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio

Se mantiene la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio para aquellos contribuyentes con cuota a ingresar, o con bienes y derechos superiores a 2 millones de euros. El mínimo exento estatal es de 700.000 euros, y la vivienda habitual queda exenta hasta 300.000 euros, aunque las comunidades autónomas pueden aplicar sus propios límites.

Novedades en el asistente virtual y la app

La campaña de este año incluye mejoras en el asistente virtual, que ahora ofrece respuestas guiadas con lenguaje natural, y nuevas funcionalidades para consultar deducciones autonómicas desde el documento de datos fiscales. Si el sistema no resuelve las dudas, se podrá acceder al Informador de Renta o chatear con especialistas de la Administración Digital Integral.

Además, la aplicación móvil oficial, disponible en iOS y Android, se ha actualizado para permitir una gestión más visual, consultar devoluciones, anular citas, modificar el código IBAN y gestionar hasta 20 usuarios distintos desde un mismo dispositivo.

Avisos preventivos y comprobaciones

Para reducir errores y facilitar el cumplimiento voluntario, la Agencia incorpora nuevas advertencias antes de presentar la declaración, especialmente en casos de datos inconsistentes o cambios significativos. También se enviarán cartas informativas a posteriori a quienes hayan modificado información relevante del borrador.

Una novedad destacada es la inclusión de avisos específicos sobre ingresos obtenidos mediante plataformas digitales, como alquileres, ventas de bienes o prestación de servicios, alertando a los contribuyentes sobre posibles omisiones.

¿Quién no está obligado a declarar?

Quedan exentos de presentar declaración aquellos contribuyentes con:

  • Rendimientos del trabajo inferiores a 22.000 euros anuales con un único pagador.
  • Si hay más de un pagador, el límite se reduce a 15.876 euros (salvo excepciones).
  • Rendimientos de capital o patrimoniales sujetos a retención inferiores a 1.600 euros.
  • Ganancias patrimoniales o rentas inmobiliarias imputadas inferiores a 1.000 euros.

No obstante, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y los autónomos deben declarar obligatoriamente.

Revisión del borrador: esencial

A pesar de las facilidades tecnológicas, Hacienda recuerda que el borrador puede contener errores o datos incompletos. Por ello, se recomienda revisar apartados como:

  • Deducciones autonómicas y familiares.
  • Variaciones en la situación personal.
  • Alquileres, transmisiones o compraventas.
  • Aportaciones a planes de pensiones.
  • Ayudas públicas y subvenciones.

Conclusión

La Campaña de la Renta 2024 llega con más tecnología, más opciones de asistencia y mayor flexibilidad para el pago, en una clara apuesta de la Agencia Tributaria por facilitar la declaración a los contribuyentes. No obstante, la revisión cuidadosa de los datos sigue siendo clave para evitar errores y aprovechar al máximo las deducciones disponibles.

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