

El Gobierno español ha decidido implementar un significativo cambio en el ámbito contable y de auditoría, que se prevé entre en vigencia en 2025. Esta reforma tendrá un impacto notable en autónomos societarios, pequeñas y medianas empresas (pymes) y grandes corporaciones, al redefinir los criterios utilizados para la presentación de la información financiera, así como para el cumplimiento de obligaciones contables y de sostenibilidad.
La iniciativa responde a la necesidad de alinear la normativa local con la Directiva Delegada (UE) 2023/2775, que aumenta en un 25% los umbrales europeos, una medida que refleja el impacto acumulativo de la inflación en los últimos años. Así, los nuevos límites redefinirán el tamaño de las empresas, influyendo en la forma en que estas deben presentar sus cuentas y las obligaciones formales que deben cumplir.
Uno de los cambios más trascendentales es la modificación de los umbrales para la formulación de cuentas anuales abreviadas. Con las nuevas reglas, podrán optar a este tipo de cuentas las sociedades cuyo activo no sobrepase los 7.500.000 euros, con una cifra de negocios inferior a 15.000.000 euros y una plantilla media de hasta 50 trabajadores. Estos cambios están diseñados para mitigar la carga administrativa sobre las empresas, que hasta ahora habrían enfrentado obligaciones más complejas únicamente debido a los efectos de la inflación.
Por otro lado, el Proyecto de Ley propone ajustes al artículo 263 de la Ley de Sociedades de Capital, que regula la obligación de auditar cuentas anuales. Las empresas quedarán exentas de este requisito si cumplen, durante dos ejercicios consecutivos, al menos dos de las siguientes condiciones: tener un activo inferior a 3.565.000 euros, una cifra de negocios menor de 7.125.000 euros y hasta 50 empleados.
La reforma también redefine las entidades consideradas pequeñas y medianas, siguiendo los umbrales establecidos para las cuentas abreviadas. Las entidades pequeñas no deberán superar un activo de 7.500.000 euros, una cifra de negocios de hasta 15.000.000 euros y un máximo de 50 empleados. Mientras tanto, las entidades medianas podrán tener hasta 25.000.000 euros de activo y 50.000.000 euros de cifra de negocios, con un límite de 250 trabajadores.
Este ajuste normativo subraya la importancia para las empresas y sus asesores de vigilar de cerca su situación contable y las obligaciones de auditoría con vistas al cierre del ejercicio 2025. Así, se garantizará el cumplimiento de la nueva ley una vez implementada, permitiendo a las organizaciones adaptarse sin enfrentarse a cargas administrativas innecesarias.
