Con la entrada en vigor de nuevas medidas el 1 de abril, el sistema de jubilación en España experimenta transformaciones significativas, según lo establecido en el Real Decreto-ley 11/2024, aprobado en diciembre pasado. Estas reformas redefinen tres tipos de jubilación: parcial, activa y demorada, con el objetivo de modernizar el acceso a las pensiones y fomentar la compatibilidad del trabajo con la pensión. En particular, para aquellos en jubilación activa, ya no será necesario haber cumplido con toda la cotización requerida para la jubilación anticipada. Esto abre la puerta a más trabajadores que cumplan con el mínimo de 15 años de cotización para acceder a su pensión mientras continúan trabajando. Además, aquellos que hayan optado por la jubilación activa podrán ver aumentada la compatibilidad de su sueldo con la pensión hasta el 100% si extienden su vida laboral por cinco años o más.
Las modificaciones también alcanzan la modalidad de jubilación parcial, ofreciendo mayor flexibilidad para los trabajadores al permitirles reducir su jornada laboral entre el 25% y el 75% sin necesidad de un contrato de relevo, al cumplir la edad ordinaria de jubilación. Por otro lado, en la jubilación demorada, los incentivos económicos por continuar trabajando más allá de la edad de retiro se ajustan, permitiendo que los beneficios se obtengan cada seis meses adicionales de trabajo, en lugar de los 12 meses habituales. Estos cambios buscan no solo adecuar la normativa a las necesidades actuales del mercado laboral y de los trabajadores, sino también optimizar los recursos de las mutuas para garantizar la salud y bienestar de los jubilados que eligen seguir contribuyendo al mercado laboral.
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